- Àlex Roig
Periodista - Barcelona
Actualizado el 22/07/2026 23:15 CEST
La incapacidad permanente es una de las prestaciones más importantes del sistema público, ya que protege a quienes, por una enfermedad o una lesión, han perdido parte o toda su capacidad para trabajar. Sin embargo, que el tribunal médico aprecie limitaciones graves no garantiza por sí solo que la Seguridad Social vaya a reconocer finalmente una pensión.
Imagen de una trabajadora en silla de ruedas por una lesión incapacitantePexelsSin embargo, además de la valoración médica, el Instituto Nacional de la Seguridad Social comprueba la edad, las cotizaciones acumuladas y el origen de la incapacidad. Y es precisamente aquí donde muchas solicitudes pueden quedar fuera, incluso cuando existen limitaciones graves, porque la ley establece una frontera clara al llegar a la edad ordinaria de jubilación.
Concretamente, el artículo 195 de la Ley General de la Seguridad Social establece que no se reconocerá una incapacidad permanente derivada de contingencias comunes cuando el solicitante haya alcanzado la edad ordinaria y, además, reúna los requisitos necesarios para acceder a la jubilación contributiva.
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Àlex RoigEn estos momentos, durante el presente año 2026, esa edad se sitúa en los 65 años para quienes acrediten al menos 38 años y tres meses cotizados. Para quienes no lleguen a ese periodo de cotización, en cambio, la jubilación ordinaria se alcanza a los 66 años y diez meses. Por tanto, el límite no es exactamente igual para todos los trabajadores.
Eso sí, la denegación no se produce únicamente por haber cumplido una determinada edad. La norma permite acceder a la incapacidad permanente cuando, pese a alcanzar la edad ordinaria, no se reúnen las cotizaciones exigidas para cobrar la jubilación. Además, esta barrera se refiere a enfermedades comunes y accidentes no laborales, no a contingencias profesionales.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno de Industria y Turismo, Elma Saiz durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de MinistrosJ.J.Guillen / EFEEn la práctica, esto puede dar lugar a situaciones llamativas. Un trabajador puede acreditar lesiones graves, cumplir los requisitos médicos e incluso recibir un dictamen favorable del Equipo de Valoración de Incapacidades que concluya que no está en condiciones de seguir trabajando. Aun así, el INSS puede denegarle la prestación si ya ha alcanzado la edad ordinaria y tiene derecho a jubilarse. En ese caso, deberá solicitar la pensión de jubilación en lugar de la incapacidad permanente.
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