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El Supremo dicta que llegar tarde al trabajo y el tiempo de desayuno forman parte de la jornada laboral

El Supremo dicta que llegar tarde al trabajo y el tiempo de desayuno forman parte de la jornada laboral

Actualizado el 27/10/2026 18:20 CET

Llegar unos minutos tarde al trabajo o hacer una pausa para desayunar son situaciones habituales que se dan a diario en muchas empresas y que, normalmente, no tienen mayores consecuencias. Sin embargo, aunque puedan parecer detalles sin demasiada importancia, lo cierto es que pueden generar conflictos entre trabajadores y responsables. Sobre todo porque el registro horario permite comprobar cuánto tiempo se ha trabajado realmente en cada caso.

PexelsImagen de archivo de trabajadores en una oficinaPexels

Y es que, desde que las empresas están obligadas a registrar la jornada laboral, las horas de entrada y salida se tienen mucho más en cuenta. Ahora bien, en algunos casos, también entran en juego las condiciones laborales acordadas en cada empresa, ya que pueden existir ciertas excepciones que influyan en cómo se contabiliza el tiempo trabajado.

Sobre esta cuestión se pronunció el Tribunal Supremo en una sentencia del 5 de marzo de 2024. El alto tribunal determinó que fichar hasta 15 minutos después de la hora de entrada y la pausa para desayunar pueden contar como tiempo trabajado. Eso sí, no se trata de un derecho general para todos.

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La resolución tiene su origen en un conflicto entre una entidad bancaria y varios sindicatos. La empresa había implantado un sistema de registro horario que dejaba fuera del cómputo ciertos descansos y los minutos de cortesía al fichar. Sin embargo, el problema era que un acuerdo laboral de 1991 ya reconocía esos tiempos como parte de la jornada para determinados trabajadores.

En concreto, el Supremo dio la razón a los sindicatos respecto al margen de 15 minutos para fichar en los colectivos con horario rígido cubiertos por aquel acuerdo. Para esos empleados, marcar la entrada dentro de ese plazo equivale, a efectos del cómputo laboral, a haber fichado a la hora prevista.

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La sentencia también mantuvo el reconocimiento de la pausa para desayunar como parte de la jornada, según las condiciones pactadas por la entidad. En el caso examinado, se contemplaban descansos de hasta 20 minutos para determinados empleados. El tribunal considera que un nuevo sistema de fichaje no permite eliminar derechos ya reconocidos.

Ahora bien, esto no significa que cualquier trabajador pueda llegar tarde o desayunar sin recuperar ese tiempo. Para que cuenten como trabajo, debe existir una base que lo reconozca, como un convenio, un acuerdo o una condición laboral aplicable. De hecho, el Estatuto de los Trabajadores también condiciona el cómputo de los descansos a lo pactado.

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