- Redacción
Barcelona
Actualizado el 22/10/2026 15:09 CEST
Son muchos los inquilinos que tienen mascotas. Hay arrendadores a los que no les importa y lo permiten, mientras que hay otros que establecen ciertas condiciones por contrato o que directamente lo prohíben. Eso no significa que siempre se respete dicha prohibición y eso puede derivar en un conflicto que termine en los tribunales.
Pero ¿puede un propietario echarte de una vivienda de alquiler por tener perros si el contrato lo prohíbe? Esto es lo que ocurrió con un caso reciente en Salamanca, que acabó con una sentencia en julio de este año en la que la magistrada decidió resolver el contrato. La inquilina en cuestión acumulaba deudas (cuatro mensualidades impagadas) y, además, tenía dos perros en la vivienda sin autorización.
Imagen de recurso de una persona con su perro, en su casa.PexelsLa historia se remonta a marzo de 2023, cuando la propietaria de una vivienda de Moriscos la alquiló mediante un contrato de un año renovable. En dicho documento, se establecía lo siguiente: "No se permite la tenencia de animales domésticos, salvo consentimiento expreso y escrito del arrendador".
Sin embargo, la persona que alquiló el inmueble tenía dos perros sin ese consentimiento. Y no era la única norma que había sido quebrantada: la comunidad había aprobado unas normas que obligaban a llevar a los animales de compañía atados al salir de las viviendas, pero la inquilina en cuestión y su pareja llevaban a sus perros sueltos por las zonas comunitarias del edificio. Esta cuestión había generado problemas, hasta el punto de que la presidenta de la comunidad le había llamado la atención previamente.
Imagen de recurso de una persona firmando un contrato.KAROLINA GRABOWSKAKABOOMPICS/PexelsEsta situación, a la que se sumó el impago de varias mensualidades, llevaron a la propietaria a interponer una demanda el 23 de septiembre de 2024 solicitando la resolución del arrendamiento y la devolución del inmueble. La magistrada del Tribunal de Instancia de Salamanca le dio la razón, condenando a la inquilina a entregar y desalojar la vivienda, así como al pago de la deuda y de las costas judiciales.
"El impago de la renta junto con la tenencia de animales domésticos en la vivienda hace que se frustre el fin del contrato", reza la sentencia, contra la que cabía recurso de apelación.
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Anna Martín¿Qué dice la ley sobre la tenencia de mascotas en un piso de alquiler?
El marco legal principal relacionado con este asunto es La Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, que no establece una prohibición general de tener mascotas en viviendas alquiladas, pero tampoco reconoce un derecho incondicional a tenerlas. Lo que permite es que propietarios e inquilinos establezcan determinadas condiciones en el contrato de alquiler, siempre dentro de los límites legales.
El artículo 27 de esta ley, de hecho, contempla resolver el arrendamiento cuando se incumplen las obligaciones contractuales. Además, está también el artículo 1124 del Código Civil, que permite solicitar la resolución de un contrato ante un incumplimiento suficientemente grave.
Por último, en este caso en concreto, también entró en juego la Ley de Propiedad Horizontal. El artículo 6 de esta norma permite a las comunidades de vecinos aprobar normas de régimen interior para regular la convivencia y los espacios comunes. La inquilina de este caso incumplió una de las normas que la comunidad había aprobado en 2019, a pesar de haber aceptado contractualmente el cumplimiento de las mismas.
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