- Àlex Roig
Periodista - Barcelona
Actualizado el 08/09/2026 15:13 CEST
Uno de los principales objetivos del Gobierno de España y la Dirección General de Tráfico (DGT) desde hace años es reducir la siniestralidad en las carreteras españolas. De hecho, la Estrategia de Seguridad Vial 2030 fija como meta reducir a la mitad el número de personas fallecidas y heridas graves respecto a los datos de 2019.
Varios vehículos permanecen parados en la carretera N-330, principal acceso al Pirineo desde Huesca, a causa de la nieveJAVIER BLASCO / EFEY ahora que poco a poco se acerca el otoño y, posteriormente, el invierno, vuelven también algunas de las situaciones más peligrosas al volante. La lluvia, el hielo o la nieve pueden reducir la visibilidad y la adherencia de los neumáticos, obligando a extremar la precaución y adaptar la conducción al estado de la carretera. Unas condiciones que, en determinados momentos, pueden traducirse en un aumento del riesgo de accidentes.
Precisamente sobre este último fenómeno, el Gobierno ha introducido un cambio importante que entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2026. El Real Decreto 518/2026 modifica el Reglamento General de Circulación y establece que, cuando la nieve dificulte la circulación en autopistas y autovías, los conductores tendrán expresamente prohibido realizar adelantamientos.
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Àlex RoigPor tanto, a partir de entonces, en estas circunstancias, los vehículos no solo deberán reducir la velocidad como hasta ahora, sino que estarán obligados a circular por el carril situado más a la derecha. Además, en las vías que cuenten con tres o más carriles por sentido, también se podrá utilizar el carril inmediatamente contiguo al derecho.
La razón de esta medida está en dejar libres los carriles situados más a la izquierda para facilitar el paso de los vehículos de emergencia y de las máquinas quitanieves. Con ello, la nueva regulación pretende evitar que los adelantamientos o posibles retenciones dificulten todavía más la circulación cuando el estado de la calzada ya presenta complicaciones por la nieve, pasando así de una recomendación de seguridad a una prohibición expresa en estas circunstancias.
El director de la DGT, Pere Navarro, durante la celebración de un actoChema Moya / EFECabe remarcar que incumplir esta nueva obligación tendrá la consideración de infracción grave y estará sancionado con 200 euros. Eso sí, hay un matiz importante. La nueva prohibición no se aplicará por el simple hecho de que haya algo de nieve visible sobre la carretera. El texto oficial establece concretamente que deberá aplicarse cuando la circulación se vea dificultada por las condiciones de la calzada a causa de la nieve, delimitando así cuándo entra en juego.
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