- Àlex Roig
Periodista - Barcelona
Actualizado el 06/09/2026 19:12 CEST
Entre semana, las entradas y salidas de las grandes ciudades se llenan de coches desde primera hora de la mañana. El motivo no es otro que miles de personas utilizan el vehículo para ir a trabajar, ya sea por comodidad o porque el transporte público no llega a determinadas zonas o no siempre funciona como debería, por lo que los atascos son más que habituales, especialmente en las horas punta.
Imagen del estado de la A-7 a su paso por Moncada (Valencia) durante un momento de tráfico intensoKai Försterling / EFEPor ese mismo motivo, uno de los medios más utilizados para este tipo de desplazamientos es la motocicleta. Su tamaño permite moverse con mayor agilidad por ciudad y, además, ofrece una comodidad difícil de igualar a la hora de encontrar aparcamiento cerca del trabajo. Sin embargo, cuando aparecen los atascos, el margen de maniobra de los motoristas también es limitado, pues deben respetar unas normas muy concretas.
Sin embargo, esta situación cambiará a partir del próximo 1 de octubre con la entrada en vigor del Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación. La nueva norma permitirá habilitar el uso extraordinario del arcén derecho para las motocicletas, aunque no se podrá hacer de forma libre ni en cualquier carretera.
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Sandra ArtuñedoPara que los motoristas puedan utilizarlo, el tramo tendrá que haber sido acordado previamente entre el titular de la vía y la DGT o, en su caso, la autoridad autonómica o local competente. Además, deberá estar expresamente señalizado mediante señales verticales y marcas viales que indiquen que ese uso extraordinario está permitido.
La otra condición fundamental tiene que ver con el tráfico. Las motocicletas solo podrán circular por esos arcenes cuando la circulación de los carriles de la vía esté detenida por una congestión. En ese momento deberán avanzar en columna de uno, extremando la precaución y sin superar en ningún caso una velocidad máxima de 30 km/h.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, durante su intervención en el Foro de la Nueva Economía en MadridChema Moya / EFELa norma añade además una obligación para evitar situaciones de riesgo. Los motoristas deberán asegurarse de no poner en peligro a aquellos vehículos que estén obligados a circular por el arcén y tendrán que abandonarlo cuando sea necesario. Por tanto, la reforma no convierte el arcén en un nuevo carril reservado permanentemente para las motocicletas.
El cambio forma parte de la reforma aprobada por el Gobierno el pasado mes de junio para actualizar aspectos del Reglamento General de Circulación y reforzar la protección de los usuarios vulnerables. El real decreto fue publicado en el BOE el 26 de junio y, salvo algunas excepciones concretas, sus medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026.
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